Socios Membresía

REGLAMENTO DE LA ASOCIACIÓN DE BIBLIOTECARIOS ESCOLARES DE PUERTO RICO

Título I.        SOCIOS

Artículo 1   Tipos de socios:

a.     Socios Regulares: Son los aceptados por el Comité de Miembros con el visto bueno de la Junta de Directores.  Podrán estar en servicio activo, retirados o en licencia.  Estos deben cumplir con uno de los  requisitos que se mencionan  a continuación:
  • Poseer un certificado de maestro(a) bibliotecario(a) o en proceso de estudio hacia el mismo.
  • Estar trabajando como maestro(a) bibliotecario(a) en una institución educativa pública o privada de nivel elemental, secundario y post secundario, con una preparación mínima de 15 créditos en bibliotecología.
  •  La Junta de Directores y el Comité de Miembros considerarán otros casos a tono con sus méritos.
    • Socios no Regulares: Estar trabajando en una biblioteca escolar  y no poseen el certificado de maestro(a) bibliotecario(a).  Incluye otros profesionales del campo de la información y del mundo del libro.  No formarán parte de la Junta de Directores.
    • Socios Honorarios: Aquellos(as) ciudadanos(as) que se hayan destacado en sus esfuerzos en pro del servicio bibliotecario escolar en forma sobresaliente y continuada, sean o no profesionales del campo bibliotecario escolar. Estos no formarán parte de la Junta de Directores.


 Artículo 2   Cuotas y derechos

a.     Se pagará una cuota anual como se establece a continuación:
  1. Socios Regulares: veinte ($20.00) dólares.
  2. Socios No Regulares: veinte y cinco ($25.00) dólares.
  3. Socios Honorarios: están exentos del pago de cuotas.
  4. Los(las)  ex-presidentes(as) están exentos(as) solamente del pago de cuota anual.
b. La fecha de vigencia de la cuota será por año natural.
c. Se establecerá una cuota de iniciación de cinco ($5.00) dólares, la cual se utilizará para entregar al (la)           socio(a) un distintivo y una tarjeta de identificación. 
d. Para tener derecho al voto, el(la)  socio(a) regular deberá estar al día en el pago de sus    cuotas. Tendrán derecho al voto los(las) socios honorarios que cumplan con los requisitos de socios(a) regulares de ABESPRI.
e. Al transcurrir seis (6) meses, luego del vencimiento de pago de cuota en enero, se dará de baja al(la)   socio(a) quien podrá reintegrarse sin cuota de iniciación al pagar la cuota del año en curso.
f. Los socios tienen derecho a participar y beneficiarse de las publicaciones y actividades de mejoramiento  profesional.


De interesar renovar su membresía o ingresar a nuestra asociación, debe enviar la solicitud de socio con el pago correspondiente (cheque o giro postal preferiblemente a nombre de Asociación de Bibliotecarios Escolares de Puerto Rico) durante el mes de diciembre a:


Asociación de Bibliotecarios Escolares de Puerto Rico 
P.O. Box 191578 San Juan, P.R. 00919-1559